1ª Evaluación

viernes, 28 de abril de 2017

TÉRMINOS (Historia Moderna)



LA INQUISICIÓN ESPAÑOLA (1478-1834)
                     
La Inquisición romana o medieval fue un tribunal eclesiástico encargado de la persecución de la herejía creada en 1233 por el papa Gregorio IX. La Inquisición española que se instauró en Castilla en 1478 y en la Corona de Aragón en 1483, iba a ser la que denominamos como Inquisición Española o Tribunal del Santo Oficio y se diferenció de la anterior por su relación con el poder político, por la estatalización de la represión religiosa y por su larga duración.
La tolerancia y coexistencia pacífica entre las tres religiones (judía, cristiana y musulmana) se rompió durante los S. XIV y XV, sobre todo con los judíos. El enrarecimiento de la situación iba en aumento y los Reyes Católicos consideraron la medida de expulsión o conversión en 1492. El tribunal del Santo Oficio tuvo como fin la vigilancia de la ortodoxia y la sinceridad de la conversión al cristianismo de los judeoconversos o marranos. La organización de la institución estaba totalmente jerarquizada y centralizada, a la cabeza se encontraba El Consejo de la Santa y Suprema Inquisición al frente del cual estaba el Inquisidor General, que dirigía y coordinaba una serie de tribunales provinciales. En los primeros tiempos de su fundación se dedicó a perseguir a los judaizantes, también se dirigió contra las manifestaciones de brujería. En el S. XVI, los protestantes y cualquier disidencia heterodoxa, durante el S. XVII, la Inquisición adquiere un papel de control social, de vigilancia de las costumbres y de la moralidad de la sociedad. Durante el S. XVIII, ya muy decadente, su actividad se dirigió contra la recién nacida masonería y a impedir la propaganda de los revolucionarios franceses. Fue abolida definitivamente en 1834.

EL FIN DE LA HEGEMONÍA HISPÁNICA. LA PAZ DE WESTFALIA.

Durante los reinados de Carlos I y de Felipe II quedó firmemente asentada la hegemonía de España en Europa y el Mediterráneo. El reinado de Felipe III transcurre en calma, pero en el de Felipe IV el declive en Europa será un hecho. En el interior hubo de hacer frente a las rebeliones de Cataluña y Portugal. En el exterior, los fracasos de la Guerra de los Treinta años, que la Paz de Westfalia pone fin (1618-1648) y con ella a las guerras de religión que habían asolado Europa desde 1517. Los motivos del conflicto fueron de índole religiosa: catolicismo frente a protestantismo y político: el enfrentamiento entre la monarquía francesa y sus aliados contra el poder de la casa de Austria, en sus dos ramas, la alemana y la española. Francia contó con el apoyo de las potencias protestantes como Alemania, Holanda, Dinamarca y Suecia. Westfalia significó la derroto de los Austrias y su idea de Europa como un estado cristiano, la desintegración política del Imperio alemán, la consagración del principio de libertad religiosa y del equilibrio europeo en las relaciones internacionales. Se consagraba un nuevo orden en Europa en el que Francia adquiría una clara preponderancia.
España excluida de los acuerdos de esta paz tuvo que firmar con Holanda la Paz de Münster (1648) por la que se reconocía lo que ya era un hecho desde hacía años: la independencia de dicho territorio. España continúo la guerra contra Francia hasta la Paz de los Pirineos (1659) que acabará con la entrega a Francia de Rosellón, Cerdaña y varias plazas de los Países Bajos y la aceptación de la superioridad francesa. España perdía la hegemonía europea, a favor de Francia.

LOS DECRETOS DE NUEVA PLANTA. FIN DEL FORALISMO.

La muerte de Carlos II (1-XI-1700) sin descendencia dio lugar a la Guerra de Sucesión (1701-1714) por la que se disputaban la Corona española el archiduque Carlos de Austria y el príncipe francés Felipe de Anjou, nieto de Luis XIV, el monarca más poderoso de Europa en ese momento. Carlos II había elegido como heredero a Felipe un poco antes de morir, pero ante la prepotencia mostrada por el monarca francés, el rey Sol, se constituyó en Europa una gran alianza, que defendía la candidatura al trono de España del archiduque. Fue una guerra de todos contra Francia. La dimensión civil de la contienda dividió España entre los que apoyaban al francés, Castilla, y los que lo hacían al austriaco, la Corona de Aragón. La razón del apoyo de la Corona de Aragón al archiduque se debió a que consideraban que respetaría los fueros, mientras que lo tradición centralista de Francia podría no respetarlos.
La nueva dinastía Borbón siguiendo su tradicional política centralista y uniformadora realizó una nueva reorganización del estado: la abolición de los fueros de la Corona de Aragón mediante los denominados Decretos de Nueva Planta. Estos decretos se impusieron en 1707 en Aragón y Valencia, en 1715 en Baleares y en 1716 en Cataluña. Con ellos se desmantelaban las instituciones propias de la Corona de Aragón. Sólo vascos y navarros mantuvieron sus instituciones como premio a la fidelidad a Felipe V durante la guerra.
 Las nuevas leyes que se introducían suprimían los Consejos y Cortes territoriales, se pasaba de la denominación de reinos a provincias, se sustituyó al virrey por un capitán general, se imponía un nuevo sistema tributario y se prohibía el uso de las lenguas propias en asuntos oficiales. De este modo todo el territorio de la monarquía quedaba sometido a la administración central. Se conservó el derecho civil en Aragón y Cataluña y se mantuvieron las lenguas propias a nivel privado.

LA ILUSTRACIÓN
                 
Movimiento intelectual e ideológico surgido en la Europa del siglo XVIII, basado en el racionalismo (confianza en el poder de la razón), en el utilitarismo, en la defensa de la educación y en la difusión de los conocimientos científicos, así como del progreso técnico. Los ilustrados eran reformistas, afirmaban la tolerancia religiosa, defendían la libertad de pensamiento y de expresión, se oponían al mantenimiento de los privilegios, criticaban el poder clerical, censuraban la excesiva influencia política y educativa de la Iglesia, rechazaban las supersticiones y denunciaban los prejuicios tradicionales.
La introducción de las ideas ilustradas en España fue lenta y tardía, sin duda por la falta de una pujante burguesía y la resistencia de sectores eclesiásticos y aristocráticos. Los ilustrados españoles fueron una minoría, que participó de las inquietudes europeas, oponiendo la razón a la tradición. Lo peculiar fue en intentar compatibilizar la crítica y la razón, por un lado, con la tradición cristiana, por otro. Esta minoría de ¡lustrados (Feijoo, Campomanes, Jovellanos, Mayans, Aranda, Olavide, Floridablarica...), analizaron la problemática de la nación y propusieron reformas con el objetivo de superar: las supersticiones de la cultura popular, alimentada con mitos y leyendas, el desprestigio de las actividades artesanales y mercantiles, la debilidad de la agricultura, la mala distribución de la tierra y los privilegios de la Mesta, el desinterés por la ciencia y la técnica y los abusivos privilegios de la Iglesia y de la nobleza y su resistencia a los cambios. Constituiría la base intelectual de las reformas llevadas a cabo por los primeros Borbones, en especial por Carlos III.
 Para mejorar la situación plantearía:
• El empleo de la razón y la crítica, rechazando lo pernicioso e inútil (determinados espectáculos públicos, ciertas prácticas religiosas...)
. El fomento de la economía nacional (agricultura, industria y comercio)
• El desarrollo del conocimiento científico y de la educación
La política reformista española actuó en dos frentes: La política eclesiástica y la económica. En cuanto a la primera, Carlos III dio un impulso al regalismo regio, que suponía la supremacía real sobre la Iglesia, esta política culminaría con la expulsión de la Compañía de Jesús (1767) y el intento de controlar a la Inquisición. Y en cuanto a la política económica y el atraso económico español, por vez primera se intenta una reforma agraria, que al afectar a los intereses de los privilegiados apenas tendrá resultados, a pesar de ellos se colonizaron zonas despobladas (Sierra Morena), intento de aumentar el número de pequeños campesinos, supresión de los privilegios de la Mesta y realización de obras hidráulicas (Canal Imperial de Aragón): en el comercio exterior se dio apoyo a las compañías comerciales, se decretó el libre comercio con América (1778), y se practicó el proteccionismo con la artesanía, creándose manufacturas reales.
Entre las preocupaciones de los ilustrados está la educación, pues sólo la cultura podía sacar al país del atraso. En este terreno se enfrentaron a la Iglesia, que controlaba la educación, y defendieron la necesidad de una enseñanza útil y práctica, abierta a las nuevas ciencias y a las novedades del extranjero. Para fomentar el desarrollo científico y educativo se favoreció la creación de Academias, instituciones de enseñanza superior, Sociedades Económicas de Amigos del país y los consulados. A pesar de estos intentos, las reformas apenas afectaron a la sociedad, que no modificó su estructura, a pesar de la publicación de la real cédula del 18 de marzo de 1783, que declarará a todos los oficios honestos y honrados y compatibles con la nobleza, lo que supondría un primer paso para el cambio de mentalidad.
La Historiografía conservadora ha visto a la Ilustración como la importadora de todos los males de España. Actualmente, se considera que en el s. XVIII se echaron los cimientos de la modernización del país y sentará las bases para la aparición del pensamiento liberal que triunfará en el siglo XIX.
 
CARACTERÍSTICAS DEL ANTIGUO RÉGIMEN

La expresión Antiguo Régimen designa al periodo de la historia anterior a la Revolución Francesa, a las revoluciones liberales y ala industrialización. Es el periodo comprendido entre finales del S. XV y finales del S. XVIII. En España, durante este periodo se suceden dos dinastías: Los Austrias y los Borbones y es la época en la que España desempeñó un papel fundamental en la historia europea.
Desde el punto de vista político se produce el nacimiento de la monarquía autoritaria y su evolución hacia la absoluta, la primera representada por los Austrias y la segunda por los Borbones. Dicha monarquía absoluta se encuentra mediatizada por la fuerte presencia de la Iglesia en la vida pública (regulación del matrimonio, importancia de la jurisdicción eclesiástica, diezmos, primicias...) y la existencia de instituciones
representativas de los distintos estamentos (Cortes)
La economía es fundamentalmente agraria, con gran presencia de la nobleza y la Iglesia como propietarios. Además, los patrimonios de la nobleza están vinculados, no pueden venderse (mayorazgos), lo que dificulto el acceso a la tierra de los campesinos. Un buena parte d e los campesinos vivían en señoríos, sometidos a la jurisdicción de los señores y debiendo abanar los correspondientes tributos por el uso de la tierra. La industria es artesanal y el comercio tiene serios obstáculos debido a la lentitud y carestía de los medios de transporte.
Desde el punto de vista social el Antiguo Régimen se caracteriza por ser una sociedad estamental, es decir, una sociedad caracterizada por la desigualdad refrendada por la ley. La sociedad se divide en tres estamentos: nobleza, clero y estado llano. Lo nobleza es la poseedora de los grandes latifundios y tiene reservados para sus miembros los altos cargos militares y diplomáticos, no paga impuestos y es la máxima exponente del prestigio social. EJ clero lo componían todos los que se dedicaban a la vida religiosa. Eran también poseedores de grandes riquezas, sobre todo de propiedades territoriales. Entre sus actividades se encontraba la enseñanza y la asistencia social. Ejercían un gran poder ideológico sobre la sociedad. Los no privilegiados eran un grupo muy heterogéneo sobre el que recaía la gran carga impositiva de la presión fiscal. Se puede dividir en dos grandes grupos las clases urbanas y los campesinos.
 Su fin llegó con la irrupción de liberalismo y el triunfo del capitalismo.



 

miércoles, 26 de abril de 2017

Comentario de texto "Ley de Responsabilidades políticas"



LEY DE RESPONSABILIDADES POLÍTICAS 1939


«Art. 1.º Se declara la responsabilidad política de las personas, tanto jurídicas como físicas que desde 1.° de octubre de 1934 y antes de 18 de julio de 1936, contribuyeron a crear o a agravar la subversión de todo orden de que se hizo víctima a España y de aquellas otras que, a partir de la segunda de dichas fechas, se hayan opuesto o se opongan al Movimiento Nacional con actos concretos o con pasividad grave.
Art. 2.° Como consecuencia de la anterior declaración [...] quedan fuera de la ley todos los partidos y agrupaciones políticas y sociales que, desde la convocatoria de las elecciones celebradas el 16 de febrero de 1936, han integrado el llamado Frente Popular, así como los partidos y agrupaciones aliados y adheridos a éste por el solo hecho de serlo, las organizaciones separatistas y todas aquellas que se hayan opuesto al Triunfo del Movimiento Nacional [...].
Art. 3.° Los partidos, agrupaciones y organizaciones declaradas fuera de la ley, sufrirán la pérdida absoluta de sus derechos de toda clase y la pérdida total de sus bienes. Estos pasarán íntegramente a ser propiedad del Estado [...].»
Boletín Oficial del Estado, 13 de febrero de 1939. Reproducido en José HERNÁNDEZ y otros, Historia de España. 2. °Bachillerato. Fuentes documentales, Madrid, Akal, 2004, p. 132.

Comentario: El proceso de represión, sus mecanismos y víctimas.

1.- Clasificación del texto
La “Ley de Responsabilidades Políticas” apareció publicada en el Boletín Oficial del Estado, el 13 de febrero de 1939, semanas antes de terminar la Guerra Civil (1936-1939). Es una fuente primaria directa y su carácter es de naturaleza jurídica y política. Con esta ley se fijan los fundamentos legales de lo que sería la represión política franquista, incidiendo, sobre todo, en los primeros años de la posguerra. El autor del documento es Francisco Franco Generalísimo de los Ejércitos de Tierra, Mar y Aire
Su intención fue la de activar una justicia de la venganza contra aquellos partidos que integraron antes de la guerra el Frente Popular y de los que no se unieron a la sublevación militar. La finalidad no fue otra que constituir las bases legales (y represivas) del nuevo régimen, destruyendo así la legitimidad de la República, poco antes del final de la guerra.

2- Contexto histórico
El texto se sitúa a principios de 1939, cuando la guerra civil estaba llegando a su fin. El gobierno del bando  Nacional estaba situado en Burgos, con Franco como jefe de estado. En febrero de 1939  ya controlaba casi todo el territorio, tan sólo estaba bajo el poder republicano la llamada zona centro (Madrid, Castilla-La Mancha y la costa mediterránea desde Valencia hasta Almería), y ya había caído toda la zona de Cataluña.
En ese momento Juan Negrín era el jefe del gobierno republicano, él había intentado llegar a una paz negociada con el bando Nacional en el 38, pero Franco se negó ya que él quería la rendición total de los republicanos. Tras esto, su intención era alargar la guerra hasta el comienzo de la ya previsible 2º Guerra Mundial, para que así, los países en contra del fascismo y las dictaduras ayudasen al bando republicano.

3- Análisis del texto
El texto presenta en tres artículos los aspectos punitivos que determinarán la actuación del régimen franquista frente al bando perdedor de la contienda:

(art. 1).Ámbito temporal de las responsabilidades y carácter de la misma.
La ley de 1939 retrotrae su aplicación a las actuaciones anteriores a la guerra, desde el 1 de octubre de 1934 (Revolución de Asturias y Cataluña) hasta el 18 de julio de 1936 (alzamiento militar).
Y otra desde el 18 de julio de 1936 hacia delante. Responsabiliza a todas aquellas personas o ya entidades que se opusieron o favorecieron la “subversión

(art. 2). Organizaciones prohibidas
La ley se aplica contra todos los integrantes de los partidos y organizaciones políticas y sociales que se han integrado en el Frente Popular desde la convocatoria de elecciones del 16 de febrero de 1936. Así como contra todas las agrupaciones aliadas y adheridas al mismo, las de carácter separatista (nacionalistas gallegos, catalanes y vascos, principalmente) y los que se opongan al Movimiento Nacional.

(art. 3) Sanciones:
Establece la pérdida de derechos de “toda clase”, lo que muestra su carácter abusivo, antiliberal y de corte totalitario, y perdida de bienes de las formaciones o personas que por los anteriores motivos estén fuera de la ley. Los bienes pasarán a ser propiedad del estado.

4-Comentario de texto
 La instauración de la Segunda República española, el 14 de abril de 1931, derivó en un periodo de cinco años en donde emergieron con fuerza partidos políticos, sindicatos y agrupaciones de diversa índole que convirtieron al periodo en uno de los más ricos de la historia española, favorecida por la propia legislación republicana, con los problemas que, desgraciadamente, ello traería consigo de debilidad del sistema parlamentario.
El periodo republicano estuvo caracterizado por una serie de reformas que pretendieron consolidar un proyecto democrático y de modernización del país. En febrero de 1936, las fuerzas de la izquierda unidas en el denominado Frente Popular ganaron las elecciones y prosiguieron con sus reformas políticas, económicas y sociales. Ante esta situación de tensión social un grupo de militares, Mola, Franco y Sanjurjo, apoyados por ciertos sectores conservadores de la sociedad decidió dar un golpe de Estado y restaurar el orden social que, equívocamente, se creía estaba siendo destruido. El fallido golpe militar, 17 y 18 de julio de 1936, derivó en una cruenta guerra civil, que finalizó, el 1 de abril de 1939, con la derrota de la República, y la marcha al exilio del legítimo Gobierno republicano.
Ya no se buscó el instaurar una república militar autoritaria, sino que se iba a institucionalizar una “Nueva España”.
Aunque esta legislación pretendió crear un marco legal, la violencia y represión fue dándose de forma arbitraria y terrible ya en los primeros meses, a la par que se iban ocupando los territorios en manos de la República, en parte como respuesta a la violencia en la retaguardia republicana (terrible mientras la República perdió el control de los resortes del Estado), en parte como política de terror dispuesta por el mismo general Mola, desde los primeros momentos de la sublevación militar, para infundir miedo al bando contrario.
La “Ley de responsabilidades Políticas” (febrero de 1939), así como la “Ley de Represión del Comunismo y la Masonería” (1940) se iban a convertir en los elementos “legales” de esta represión. La ley de 1939, aprobada a pocos meses del final de la guerra, respondía así de una forma negativa a las peticiones por parte del jefe del gobierno Juan Negrín, a través de los 13 puntos (abril de 1938), de acabar la guerra de una manera equilibrada para todos los españoles. El socialista Negrín buscó una manera de reconducir la situación de una manera loable para que no hubiese vencedores ni vencidos. Sin embargo, el rechazo de Franco a esta propuesta fue rotundo.
En la práctica, fue una manera de controlar a la sociedad civil y de restablecer el orden desde una perspectiva militar y anti-republicana, constituyendo los fundamentos de un régimen. Desapareció el aparato de justicia independiente. El Ejército se convirtió, en el principal ejecutor y director de esta represión hasta 1963, cuando se creó el Tribunal de Orden Público (TOP). Se persiguió toda posible disidencia o se aniquilaron los restos de los partidos políticos o sindicatos que hubiesen pasado a la clandestinidad. Las leyes vinieron acompañadas por un incisivo proceso de confiscación del patrimonio de los partidos políticos republicanos, de izquierdas o sindicatos obreros, asociaciones, entidades afines, así como la incautación de las propiedades de los exiliados.
Todo esto se concretaría en la Causa General, decretada el 26 de abril de 1940, en donde se recopiló toda la información relativa a los delitos cometidos contra España por parte de la República. A la vez, se fue completando un intenso proceso de depuración general (colegios profesionales, administración pública, instituciones, etc.), que ya se llevaba practicando durante la misma contienda en los territorios que pronto cayeron en manos de los militares rebeldes. También, se reprimió con suma dureza a los nacionalismos vasco, catalán y gallego,  y otros imponiéndose la lengua castellana como la única en la educación y en la sociedad.
Se establecieron con estas leyes distintas penas que iban desde la pena de muerte hasta repetir años del servicio militar, hacer trabajos forzosos (“redención por el trabajo” de los años de condena), en los tristes y amargos batallones de castigo (encargados de reconstruir el país), encarcelamiento, expulsión del trabajo (“depuración”), internamientos en centros especiales, etc.
En la práctica fue una manera de controlar a la sociedad civil y de restablecer el orden desde una perspectiva militar y anti-republicana, constituyendo los fundamentos de un régimen. Desapareció el aparato de justicia independiente. El Ejército se convirtió, en el principal ejecutor y director de esta represión hasta 1963, cuando se creó el Tribunal de Orden Público (TOP). Se persiguió toda posible disidencia o se aniquilaron los restos de los partidos políticos o sindicatos que hubiesen pasado a la clandestinidad. Las leyes vinieron acompañadas por un incisivo proceso de confiscación del patrimonio de los partidos políticos republicanos, de izquierdas o sindicatos obreros, asociaciones, entidades afines, así como la incautación de las propiedades de los exiliados.

5- Conclusión
Muchos intelectuales defensores del ideario republicano, se exiliaron por temor a las represalias silenciándose la generación del 27. La otra cara más gris de la represión fue la eliminación física de miles de españoles en asesinatos arbitrarios.
La posguerra española se caracterizó por el miedo, la miseria, el silencio, la despolitización forzada. Si bien, en las posteriores etapas del franquismo el carácter y naturaleza de la represión se fue suavizando pero no se evitó los actos de protesta sociales y las manifestaciones en diferentes ciudades. La oposición al franquismo se llevó a cabo por partidas de guerrilleros (Maquis), movimiento estudiantil y movimiento obrero.
El texto pone de relieve el carácter vengativo del franquismo que, una vez ganada la contienda, se negó a desarrollar políticas de reconciliación nacional, que tuvieron que aguardarse hasta la llegada de la Transición (1975).
Los sublevados que rompieron con la legalidad republicana declaran ilegales a los que siguieron la legalidad; incluso con retroactividad.


LEY