LEY DE RESPONSABILIDADES POLÍTICAS 1939
La “Ley de Responsabilidades Políticas” apareció publicada en el Boletín Oficial del Estado, el 13 de febrero de 1939, semanas antes de terminar la Guerra Civil (1936-1939). Es una fuente primaria directa y su carácter es de naturaleza jurídica y política. Con esta ley se fijan los fundamentos legales de lo que sería la represión política franquista, incidiendo, sobre todo, en los primeros años de la posguerra. El autor del documento es Francisco Franco Generalísimo de los Ejércitos de Tierra, Mar y Aire
«Art. 1.º Se declara la responsabilidad
política de las personas, tanto jurídicas como físicas que desde 1.° de octubre
de 1934 y antes de 18 de julio de 1936, contribuyeron a crear o a agravar la
subversión de todo orden de que se hizo víctima a España y de aquellas otras
que, a partir de la segunda de dichas fechas, se hayan opuesto o se opongan al
Movimiento Nacional con actos concretos o con pasividad grave.
Art. 2.°
Como consecuencia de la anterior declaración [...] quedan fuera de la ley todos
los partidos y agrupaciones políticas y sociales que, desde la convocatoria de
las elecciones celebradas el 16 de febrero de 1936, han integrado el llamado
Frente Popular, así como los partidos y agrupaciones aliados y adheridos a éste
por el solo hecho de serlo, las organizaciones separatistas y todas aquellas
que se hayan opuesto al Triunfo del Movimiento Nacional [...].
Art. 3.° Los
partidos, agrupaciones y organizaciones declaradas fuera de la ley, sufrirán la
pérdida absoluta de sus derechos de toda clase y la pérdida total de sus
bienes. Estos pasarán íntegramente a ser propiedad del Estado [...].»
Boletín
Oficial del Estado, 13 de febrero de 1939. Reproducido en José HERNÁNDEZ y otros, Historia de
España. 2. °Bachillerato. Fuentes documentales, Madrid, Akal, 2004, p. 132.
Comentario: El proceso de represión, sus mecanismos y víctimas.
1.- Clasificación del textoLa “Ley de Responsabilidades Políticas” apareció publicada en el Boletín Oficial del Estado, el 13 de febrero de 1939, semanas antes de terminar la Guerra Civil (1936-1939). Es una fuente primaria directa y su carácter es de naturaleza jurídica y política. Con esta ley se fijan los fundamentos legales de lo que sería la represión política franquista, incidiendo, sobre todo, en los primeros años de la posguerra. El autor del documento es Francisco Franco Generalísimo de los Ejércitos de Tierra, Mar y Aire
Su intención fue la de activar una
justicia de la venganza contra aquellos partidos que integraron antes de la
guerra el Frente Popular y de los que no se unieron a la sublevación militar. La finalidad no fue otra que constituir
las bases legales (y represivas) del nuevo régimen, destruyendo así la
legitimidad de la República, poco antes del final de la guerra.
2- Contexto histórico
El texto se sitúa a principios de 1939, cuando la guerra civil estaba llegando
a su fin. El gobierno del bando Nacional estaba situado en Burgos, con Franco como jefe de estado. En febrero
de 1939 ya controlaba casi todo el
territorio, tan sólo estaba bajo el poder republicano la llamada zona centro
(Madrid, Castilla-La Mancha y la costa mediterránea desde Valencia hasta
Almería), y ya había caído toda la zona de Cataluña.
En ese momento Juan Negrín era el jefe del gobierno republicano, él
había intentado llegar a una paz negociada con el bando Nacional en el 38, pero
Franco se negó ya que él quería la rendición total de los republicanos. Tras
esto, su intención era alargar la guerra hasta el comienzo de la ya previsible
2º Guerra Mundial, para que así, los países en contra del fascismo y las
dictaduras ayudasen al bando republicano.
3- Análisis del texto
El texto
presenta en tres artículos los
aspectos punitivos que determinarán la actuación del régimen franquista frente
al bando perdedor de la contienda:
(art. 1).Ámbito temporal de las responsabilidades y carácter de la misma.
La ley de 1939
retrotrae su aplicación a las actuaciones anteriores a la guerra, desde el 1 de octubre de 1934 (Revolución de
Asturias y Cataluña) hasta el 18 de
julio de 1936 (alzamiento militar).
Y otra desde el 18 de julio de 1936 hacia delante.
Responsabiliza a todas aquellas personas o ya entidades que se opusieron o
favorecieron la “subversión
(art. 2). Organizaciones prohibidas
La ley se aplica
contra todos los integrantes de los partidos y organizaciones políticas y
sociales que se han integrado en el Frente Popular desde la convocatoria de
elecciones del 16 de febrero de 1936. Así como contra todas las agrupaciones
aliadas y adheridas al mismo, las de carácter separatista (nacionalistas
gallegos, catalanes y vascos, principalmente) y los que se opongan al
Movimiento Nacional.
(art. 3) Sanciones:
Establece la
pérdida de derechos de “toda clase”, lo que muestra su carácter abusivo,
antiliberal y de corte totalitario, y perdida de bienes de las formaciones o
personas que por los anteriores motivos estén fuera de la ley. Los bienes
pasarán a ser propiedad del estado.
4-Comentario de texto
La instauración de la Segunda República
española, el 14 de abril de 1931, derivó en un periodo de cinco años en donde
emergieron con fuerza partidos políticos, sindicatos y agrupaciones de diversa
índole que convirtieron al periodo en uno de los más ricos de la historia
española, favorecida por la propia legislación republicana, con los problemas
que, desgraciadamente, ello traería consigo de debilidad del sistema
parlamentario.
El periodo
republicano estuvo caracterizado por una serie de reformas que pretendieron
consolidar un proyecto democrático y de modernización del país. En febrero de
1936, las fuerzas de la izquierda unidas en el denominado Frente Popular ganaron
las elecciones y prosiguieron con sus reformas políticas, económicas y
sociales. Ante esta situación de tensión social un grupo de militares, Mola,
Franco y Sanjurjo, apoyados por ciertos sectores conservadores de la sociedad
decidió dar un golpe de Estado y restaurar el orden social que, equívocamente,
se creía estaba siendo destruido. El fallido golpe militar, 17 y 18 de julio de
1936, derivó en una cruenta guerra civil, que finalizó, el 1 de abril de 1939,
con la derrota de la República, y la marcha al exilio del legítimo Gobierno
republicano.
Ya no se buscó
el instaurar una república militar autoritaria, sino que se iba a
institucionalizar una “Nueva España”.
Aunque esta
legislación pretendió crear un marco legal, la violencia y represión fue dándose de forma arbitraria y terrible ya
en los primeros meses, a la par que se iban ocupando los territorios en manos
de la República, en parte como
respuesta a la violencia en la retaguardia republicana (terrible mientras
la República perdió el control de los resortes del Estado), en parte como política de terror dispuesta por el
mismo general Mola, desde los primeros momentos de la sublevación militar,
para infundir miedo al bando contrario.
La “Ley de responsabilidades Políticas” (febrero de 1939), así como
la “Ley de Represión del Comunismo y la Masonería” (1940) se
iban a convertir en los elementos “legales” de esta represión. La ley de 1939,
aprobada a pocos meses del final de la guerra, respondía así de una forma
negativa a las peticiones por parte del jefe del gobierno Juan Negrín, a través de los 13 puntos (abril de 1938), de
acabar la guerra de una manera equilibrada para todos los españoles. El
socialista Negrín buscó una manera de reconducir la situación de una manera
loable para que no hubiese vencedores ni vencidos. Sin embargo, el rechazo de
Franco a esta propuesta fue rotundo.
En la práctica,
fue una manera de controlar a la
sociedad civil y de restablecer el
orden desde una perspectiva militar
y anti-republicana, constituyendo los fundamentos de un régimen.
Desapareció el aparato de justicia independiente. El Ejército se convirtió, en
el principal ejecutor y director de esta represión hasta 1963, cuando se creó
el Tribunal de Orden Público (TOP). Se
persiguió toda posible disidencia o se aniquilaron los restos de los partidos
políticos o sindicatos que hubiesen pasado a la clandestinidad. Las leyes
vinieron acompañadas por un incisivo proceso de confiscación del patrimonio de
los partidos políticos republicanos, de izquierdas o sindicatos obreros,
asociaciones, entidades afines, así como la incautación de las propiedades de
los exiliados.
Todo esto se
concretaría en la Causa General,
decretada el 26 de abril de 1940, en donde se recopiló toda la información
relativa a los delitos cometidos contra España por parte de la República. A la
vez, se fue completando un intenso proceso de depuración general (colegios
profesionales, administración pública, instituciones, etc.), que ya se llevaba
practicando durante la misma contienda en los territorios que pronto cayeron en
manos de los militares rebeldes. También, se reprimió con suma dureza a los
nacionalismos vasco, catalán y gallego, y otros imponiéndose la lengua castellana
como la única en la educación y en la sociedad.
Se establecieron
con estas leyes distintas penas que
iban desde la pena de muerte hasta
repetir años del servicio militar,
hacer trabajos forzosos (“redención
por el trabajo” de los años de condena), en los tristes y amargos batallones de
castigo (encargados de reconstruir el país), encarcelamiento, expulsión del trabajo (“depuración”), internamientos en centros especiales, etc.
En la práctica
fue una manera de controlar a la
sociedad civil y de restablecer el
orden desde una perspectiva militar
y anti-republicana, constituyendo los fundamentos de un régimen.
Desapareció el aparato de justicia independiente. El Ejército se convirtió, en
el principal ejecutor y director de esta represión hasta 1963, cuando se creó
el Tribunal de Orden Público (TOP). Se
persiguió toda posible disidencia o se aniquilaron los restos de los partidos
políticos o sindicatos que hubiesen pasado a la clandestinidad. Las leyes
vinieron acompañadas por un incisivo proceso de confiscación del patrimonio de los partidos políticos republicanos,
de izquierdas o sindicatos obreros, asociaciones, entidades afines, así como la
incautación de las propiedades de los exiliados.
5- Conclusión
Muchos
intelectuales defensores del ideario republicano, se exiliaron por temor a las represalias silenciándose la generación
del 27. La otra cara más gris de la represión fue la eliminación física de
miles de españoles en asesinatos arbitrarios.
La posguerra española
se caracterizó por el miedo, la miseria, el silencio,
la despolitización forzada. Si bien,
en las posteriores etapas del franquismo el carácter y naturaleza de la represión se fue suavizando pero no
se evitó los actos de protesta sociales
y las manifestaciones en diferentes ciudades. La oposición al franquismo se
llevó a cabo por partidas de guerrilleros (Maquis),
movimiento estudiantil y movimiento
obrero.
El texto pone de
relieve el carácter vengativo del franquismo que, una vez ganada la contienda, se negó a desarrollar políticas de reconciliación nacional, que
tuvieron que aguardarse hasta la llegada de la Transición (1975).
Los sublevados que rompieron con la
legalidad republicana declaran ilegales a los que siguieron la legalidad;
incluso con retroactividad.
LEY
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