1ª Evaluación

lunes, 6 de marzo de 2017

Comentario de texto de la Ley de Bases de Reforma Agraria



Ley de Bases de Reforma Agraria (1932)

[...] Serán susceptibles de explotación las tierras incluidas en los siguientes apartados:
1.º Las ofrecidas voluntariamente por sus dueños siempre que su adquisición se considere de interés por el Instituto de Reforma Agraria [...].
5.° Las que por las circunstancias de su adquisición, por no ser explotadas directamente por los adquirentes y por las condiciones personales de los mismos, deba presumirse que fueran compradas con fines de especulación o con el único objeto de percibir su renta [...].
7.° Las incultas o manifiestamente mal cultivadas en toda aquella porción que, por su fertilidad y favorable situación permita un cultivo permanente, con rendimiento económico superior al actual [...].

           Expropiaciones y ocupaciones realizadas a raiz de la Ley de Bases de Reforma Agraria de 1932 (hasta el 31 de diciembre de 1934)


Nº de fincas
Extensión en Has.
N.° de familias asentadas
Expropiadas
468
89.133
8.609
Ocupadas
61
27.704
3.651

Asentamientos realizados bajo el Gobierno del Frente Popular (marzo-julio de 1936)

Mes
Superficie ocupada en Has.
Familias campesinas asentadas
Marzo
249.616
72.428
Abril
150.490
21.789
Mayo
41.921
5.940
Junio
55.282
3.855
Julio
74.746
6.909
Total
572.055
110.921

J. HERNÁNDEZ y otros, Historia de España. 2.º Bachillerato. Fuentes documentales, Madrid, Akal, 2004, pp. 120-121.

Comentario: El problema agrario como cuestión pendiente, características de la reforma agraria
planteada y resultados de la misma.


COMENTARIO DE TEXTO

1.Clasificación:

Nos encontramos con dos tipos de documentos.  El primero es una selección de artículos de la “Ley de Bases de Reforma Agraria (1932)”. Es una fuente primaria de carácter jurídico y expositivo que contempla una importante cuestión económica y social, impulsada durante el denominado Bienio Reformista (1931-1933), en el marco de la Segunda República. Su autoría es colectiva: La Comisión legislativa de las Cortes españolas. El destinatario es la ciudadanía española, especialmente los afectados por dicha Ley: campesinos, jornaleros y propietarios de tierras de toda España y su finalidad es dar solución a los problemas del campo español

En 2º lugar, junto a este documento, aparecen dos tablas con los datos recogidos entre 1934 y 1936.  Es una fuente secundaria de contenido económico y social, y de carácter cualitativo. El autor es el IRA, (Instituto de la Reforma Agraria), que recogen datos de la aplicación de esta ley en dos momentos de la II República muy significativos, gobierno del Bienio Conservador y Gobierno del Frente Popular. El destinatario es la propia administración y la opinión general.

2.Contexto histórico:

La reforma agraria se sitúa en el periodo de la II República y atraviesa por varias fases:

Durante el Gobierno provisional, se dictaron una serie de decretos inspirados por el socialista Largo Caballero, ministro de Trabajo, para mejorar las condiciones de vida y de trabajo de los campesinos y jornaleros (se prohibió la expulsión de los pequeños arrendatarios; se establece la jornada de ocho horas en el campo; se establecen los jurados mixtos en el campo...)

·         Durante el bienio reformista (1931-1933). En 1932 se aprobó la Ley después de grandes discusiones entre los dos partidos mayoritarios que formaban parte del gobierno: socialistas y republicanos. Había dos proyectos: el republicano, partidario de respetar la propiedad privada y a los cultivadores directos y, en caso de expropiación, indemnizar a los afectados; y el socialista, que suponía más expropiaciones y menos indemnizaciones. Se impuso el proyecto más moderado, el de los republicanos. Se creó el Instituto para la Reforma Agraria (IRA) organismo que se encargaría de las cuestiones técnicas y burocráticas y que comenzó, con un presupuesto bastante escaso, la tarea de valorar las tierras, iniciar el proceso burocrático-legal y facilitar los asentamientos campesinos. Una vez establecido el criterio técnico sobre las fincas que expropiar cabían dos actuaciones. Una era expropiar y no indemnizar las tierras que pertenecían a la nobleza y a los denominados grandes de España. La otra, expropiar, pero indemnizar a todos los demás propietarios.

Las expropiaciones se realizaban siempre dentro del marco legal con lo que la lentitud del proceso comenzó a exasperar al campesinado. Habían depositado sus esperanzas en que la República solucionara toda su antigua “hambre de tierras” y toda su miseria. Controlados por las organizaciones anarquistas, no soportaron la espera y pronto se inició un clima de violencia social en el campo.

Los resultados de esta primera etapa no fueron los esperados porque se expropiaron menos hectáreas y se asentaron menos campesinos de los previstos, unas 12.000 familias. Esta primera fase reformista acabó cuando, en el otoño 1933, el gobierno republicano-socialista, desgastado, dimitió y el presidente, Alcalá Zamora, convocó elecciones para el 18 de noviembre. Con el triunfo de la coalición de partidos de derechas (CEDA) más el Partido Radical (Lerroux), comenzó el denominado Bienio Conservador (1934-36) y se enfriaron o contrarrestaron todos los programas reformistas y, por supuesto, el de la Reforma Agraria.

·         Durante el bienio conservador (1933-1935). Se paralizó la reforma agraria como bien se refleja en los datos de la tabla en relación a los dos periodos anterior y posterior. También se fijó la devolución de tierras a la nobleza, se anuló la cesión de tierras mal cultivadas a los campesinos de Extremadura y se concedió total libertad de contratación que supuso la bajada de salarios a los jornaleros.

·         Con el Gobierno del Frente Popular (1936) la Reforma Agraria se reemprendió a partir del mes de febrero de 1936 cuando el nuevo gobierno, esta vez formado sólo por republicanos, acometió de nuevo el proceso con mucha más intensidad. Nuevamente, y ya en un clima social mucho más deteriorado, los campesinos se adelantaron a las medidas legales y ocuparon las tierras.

La violencia en el campo ha sido considerada como una de las causas del deterioro de la convivencia durante la República. Algunas de sus características explican esta consideración:

·         La lucha campesina se desarrolló de manera más radical y menos organizada que la de los obreros industriales.

·         La extensión de los latifundios no favorecía la comunicación entre los campesinos y

·         el caciquismo controlaba a los dirigentes, pero sobre todo fue la menor funcionalidad de la huelga, contrarrestada por jornaleros en paro o de términos municipales vecinos, lo que hizo que, ya desde el siglo XIX, las sublevaciones campesinas revistieran un carácter desorganizado, próximo al motín, y que seguía siempre el mismo esquema: ocupación de tierras, quema del registro civil, enfrentamiento con la Guardia Civil y gran represión. Las sublevaciones de mayor intensidad tuvieron lugar en Castilblanco y Casas Viejas. En todos ellas hubo víctimas tanto campesinas como miembros de la Guardia Civil.

3. Análisis del texto:

Los tres artículos de la Ley de Bases de Reforma Agraria especifican algunos de los tipos de propiedades agrícolas que la ley permitía expropiar:

·         las vendidas al IRA por sus dueños voluntariamente,

·         las no cultivadas directamente o usadas para especular, y

·         las cultivadas inadecuadamente con menos productividad de la posible.

Las tablas comparativas muestran la contundente diferencia del volumen de tierras expropiadas y de campesinos asentados en los dos periodos de la Reforma Agraria: 116.837 hectáreas expropiadas en la primera fase (bienio reformista) y 572.055 en la segunda ( frente popular). Las familias campesinas asentadas en la primera fase fueron 12.260, y 110.921 lo fueron en la segunda fase

4.Comentario de texto:

La situación del campo español ha estado marcada por la enorme desigualdad en la estructura de la propiedad de la tierra, amplias zonas de grandes latifundios (Extremadura y Andalucía), regiones de marcado minifundio en Galicia, y bajos rendimientos que dificultaban la implantación de nuevas técnicas y métodos de cultivo.

La existencia de latifundios en España está documentada desde la época romana aunque otros acontecimientos históricos la consolidaron como la Reconquista en el siglo XIII y la expansión comercial a América en el siglo XVI. La necesidad de una Reforma Agraria aparece ya en el pensamiento de los ilustrados (Jovellanos) y se plantea en firme en los gobiernos liberales progresistas de Isabel II. Éstos, mediante la Reforma Agraria Liberal, desaprovecharon la ocasión de modernizar el más importante sector económico español como era la agricultura. La Desamortización de Mendizábal (1836) no sólo no redistribuyó la propiedad, sino que la concentró, y la de Madoz (1855) eliminó el uso de las tierras comunales para los campesinos, aumentando su miseria.

La reforma de la agricultura fue el proyecto de mayor envergadura iniciado por la República. Se pretendía poner fin al predominio del latifundismo existente en buena parte del centro y el sur de España y mejorar las condiciones de vida de los campesinos pobres (jornaleros). Esta reforma era esencial teniendo en cuenta el papel que desempeñaba la agricultura en la economía española.

En 1931, la población activa era de unos 8,5 millones de personas y casi la mitad trabajaban en la agricultura, de las cuales unos 2 millones eran jornaleros (750 mil) arrendatarios y aparceros, y el resto, pequeños y medianos  propietarios.

Durante el gobierno provisional de la II república se decretaron una serie de medidas de extrema urgencia:

·         La concesión de una amnistía general para presos políticos

·         Proclamación de las libertades políticas y sindicales

·         Designación de altos cargos en la administración

·         A la vez  se tomaron medidas para proteger a los campesinos expulsados de las tierras por no poder pagar las rentas

Una serie de primeros decretos, que perseguían proteger a los campesinos sin tierra y a los arrendatarios, establecieron la prohibición de suspender los contratos de arrendamiento. También fijaron la jornada laboral de ocho horas en el campo y determinaron el establecimiento de salarios mínimos y la obligación de los propietarios de poner en cultivo las tierras aptas para ello.


En La Constitución de 1931

La Constitución de 1931 fue muy avanzada para su tiempo. Tenía un marcado carácter democrático y progresista, que se evidencia en el artículo primero del título preliminar, donde se define a España como " una República de trabajadores de todas las clases que se organiza en un régimen de Libertad y Justicia" y se establece que todos los poderes emanan del pueblo. La Constitución agrupaba los siguientes principios:

·         El Estado se configuraba de forma "integral", pero se aceptaba la posibilidad de constituir gobiernos autónomos en algunas regiones.

·         El poder legislativo residía plenamente en las Cortes, constituidas por una sola cámara con atribuciones muy amplias. el poder ejecutivo recaía en el gobierno, formado por el Consejo de Ministros y el jefe de gobierno, así como en el presidente de la República, jefe del Estado y representante institucional.

·         El poder judicial se confiaba a unos jueces independientes.

·         Se reconocía una amplia declaración de derechos y  libertades y existía una preocupación por los temas sociales.

·         Se garantizaba la igualdad absoluta ante  la Ley, la educación y el trabajo y la no discriminación por razón de origen, sexo o riqueza.

·         Se reconocía la facultad del gobierno para expropiar bienes de utilidad social y se definía el trabajo como una obligación social.

·         Se establecía el voto desde los 23 años y, por primera vez se concedía el voto a las mujeres.

·         se hacia una clara afirmación de la laicidad del Estado, al no declarar ninguna religión como oficial y al reconocer el matrimonio civil y el divorcio.

 Pero la verdadera reforma consistía en la elaboración de una Ley de Reforma Agraria, aprobada por las Cortes en septiembre de 1932. El objetivo de la ley  era la modernización de la agricultura.

La ley permitía la expropiación sin indemnización de tierras de una parte de la nobleza (los grandes de España), mientras las cultivadas deficientemente, las arrendadas sistemáticamente o las que, pudiendo ser regadas no lo eran, se podían expropiar indemnizando a sus propietarios.

La aplicación de esta ley se encomendó al Instituto de la Reforma Agraria (IRA), que contaba con un presupuesto anual para indemnizar a los propietarios expropiados y se encargaba de facilitar los asentamientos de familias campesinas. Los resultados iniciales de la reforma agraria fueron escasos porque se expropiaron muchas menos hectáreas y se asentaron muchos menos campesinos de los previstos, entre 1932 y 1934 se establecieron unas 12000 familias

Las razones de este fracaso estarían en

·         la complejidad de la propia ley,

·         la lentitud 

·         las dificultades burocráticas para su aplicación,

·         la falta de presupuesto para poder indemnizar

·         la resistencia de los propietarios, que recurrieron a todo tipo de medios para esquivarla.


La aplicación de la Ley de Reforma Agraria originó un considerable aumento de la tensión social. Por un lado, los grandes propietarios se opusieron abiertamente a la reforma y la mayoría de ellos se aliaron con los enemigos de la República consolidando un frente de fuerzas conservadoras dispuestas a acabar con ella. Por otro lado, los campesinos quedaron decepcionados con los resultados y, viendo frustradas las esperanzas depositadas en la República, se orientaron hacia posturas mas revolucionarias y de enfrentamiento con las fuerzas del orden (ocupación de tierras, incendios de cortijos, reyertas con la Guardia Civil...).


La lentitud de las reformas y La voluntad  revolucionaria de los partidos y sindicatos de izquierda agudizó los enfrentamientos fomentó la conflictividad laboral (huelgas generales) y la insurrección campesina con el fin de destruir el orden burgués existente. La conflictividad social alcanzo su punto álgido a partir de 1933, cuando a los intentos revolucionarios de la CNT se sumaron los sectores -radicales del socialismo encabezados por Largo Caballero, a través de la organización socialista del campo, la Federación de Trabajadores de la Tierra,.

Las Huelgas, las insurrecciones y las ocupaciones de tierras fueron en progresivo aumento

Estas revueltas campesinas consistían en tomar el Ayuntamiento, quemar el registro de la propiedad, colectivizar la propiedad y declarar el comunismo libertario, y finalizaban con la llegada de las tropas de la Guardia Civil o de la Guardia de Asalto La posterior represión solía ser muy cruenta y en algunas ocasiones provocaba la  muerte de campesinos, como en el caso de Casa Viejas

Durante el bienio conservador en el campo se frenó la reforma agraria: se fijó la devolución de tierras a la nobleza, se anuló la cesión de tierras mal cultivadas a los campesinos de Extremadura y se concedió total libertad de contratación. Lo que supuso una tendencia a la baja en los salarios de los jornaleros. Los propietarios mostraron su voluntad de desquitarse de las reformas anteriores y los campesinos respondieron con huelgas.

En 1936 con el gobierno del frente popular se reanudó el proceso reformista interrumpido en 1933 y se presentó un proyecto para la devolución de los bienes comunales a los municipios y la reanudación de los asentamientos de campesinos.

Esperanzados con el cambio, los partidos de izquierda y los sindicatos se lanzaron a una movilización popular. Los anarquistas y socialistas defendían  la necesidad de acciones revolucionarias. En las ciudades se convocaron huelgas para pedir la mejora de las condiciones laborales; en el campo, especialmente en Andalucía y Extremadura  los jornaleros se adelantaban a la legislación. y ocupaban las tierras.

5. Conclusion y valoración

La reforma agraria se aplicó con muchas limitaciones y acabaron expropiándose muchas menos hectáreas y menos campesinos asentados de los previstos. En el bienio progresista se asentaron pocos campesinos, durante el bienio conservador se eliminó tal posibilidad y durante el gobierno del Frente Popular se asentaron muchos más que en el primer periodo.

Los problemas de la Reforma Agraria: Fue difícil inventariar las fincas ante las trampas y obstáculos de los campesinos, el gobierno careció de decisión y de recursos económicos para tal empresa. La causa de la lentitud de aplicación, que tanto exaltó los ánimos de las masas campesinas, estaba en los trámites burocráticos y en el tiempo que requerían los distintos procesos legales que conllevaba el Estado de derecho, en cuyo marco se realizaba la expropiación legal de la tierra. Junto a esto hay que señalar la escasez de presupuesto para abordar la indemnización a los propietarios de las tierras expropiadas. El presupuesto del IRA era de sólo 50 millones de pesetas, cantidad verdaderamente ridícula en sí misma, pero mucho más si se la compara con la magnitud del problema que pretendía resolver.

La lucha por unas mejores condiciones de vida de los campesinos estuvo más radicalizada y menos organizada que la de los obreros industriales. El latifundio, la masa de jornaleros, el paro, las injusticias, el caciquismo, la pobreza y la miseria, y, sobre todo, la menor funcionalidad de la huelga (contrarrestada con los jornaleros en paro, esquiroles o de términos municipales vecinos) hizo que las reivindicaciones campesinas del siglo XIX y parte del XX tuvieran un carácter desorganizado, cercano al motín y la insurrección armada, siguiendo siempre un mismo modelo. Reparto de tierras, toma del poder civil del pueblo, quema del registro civil, comunicación al alcalde y al guardia civil, la que se enfrenta con ellos hasta la llegada de refuerzos, con los que tiene lugar una gran represión. Si esto había sido tradicional en el siglo XIX y parte del XX con la llegada de la segunda república las insurrecciones campesinas aumentan espectacularmente en número.





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