Romanización
La presencia de
Roma en la Península Ibérica se prolongó desde finales del siglo III a. C.
hasta principios del siglo V d.C., periodo durante el cual tuvo efecto un
proceso de transformación gradual de los habitantes de los pueblos peninsulares
en ciudadanos del Imperio romano, que fueron asumiendo las costumbres, la
organización política, jurídica y social romanas, y al que conocemos como
Romanización.
La conquista
romana de la península ibérica se realizó en diversas etapas, interrumpida por
periodos de inactividad bélica.
§
La 1ª etapa (218-197
a.de C.) se produce dentro de la 2ª guerra púnica
entre Roma y Cartago. Los romanos quieren impedir el paso hacia Italia de
Aníbal, enviando a la península dos ejércitos, logrando expulsar a los
cataginenses y dominar la costa mediterránea y el sur peninsular, las zonas de
mayor desarrollo económico y político.
§
La 2ª etapa (197-133
a. de C.) se conquista de La Meseta y sus diferentes pueblos.
§
La 3ª etapa (29-19 a.
de C.) ya en la época del emperador Augusto, cuando fueron sometidas
las belicosas tribus de cántabros y astures, con lo que se dio por finalizada
la conquista de la península.
Hispania
fue divida inicialmente en dos provincias (Citerior y Ulterior).
Tras finalizar
la conquista de Hispania, Augusto la dividió en tres provincias: la Baetica con
capital en Córdoba, la Tarraconensis con capital en Tarraco, y la Lusitania con
capital en Emérita Augusta; después se crearon la Carthaginensis, la Gallaecia
y, por último, la Balearica.
Al frente de las
mismas se encontraba un gobernador (pretor) con competencias administrativas,
jurídicas, militares y fiscales. A su vez estas estaban divididas en conventos
jurídicos.
La llegada de
Roma supuso:
§
la explotación de las tierras (formación de
latifundios, la propiedad privada de la tierra…)
§
en las que se introdujeron nuevas técnicas
(barbecho, regadío y utilización de animales de tiro)
§
mientras que la artesanía y el comercio tenían
un intenso desarrollo (á importantes (ánforas, armamento de hierro, garum, ...)
§
Las minas eran muy importantes: Las Medulas en
León.
§
se generalizó el sistema monetario romano: As de
oro y Denario de plata.
Igualmente,
supuso la implantación de las formas de organización social romanas:
§
reducida aristocracia –senadores y caballeros
§
negociantes y propietarios de villas agrícolas
§
trabajadores libres –campesinos y artesanos-
§
y esclavos
Así como la
difusión de su religión, cultura y costumbres. El derecho romano se impuso en
Hispania y regularizó toda la vida y sociedad del territorio: código civil,
derecho de familia, …
Con la
romanización, surge una importante urbanización:
§
Las antiguas ciudades se revitalizaron
§
Y, junto a ellas, las colonias (ciudades fundadas por los romanos: Tarraco, Caesar
Augusta, Hispalis, Emerita Augusta…) se convirtieron en el centro
administrativo, jurídico, político y económico de la Hispania romana. Su plano
urbano, con el cardus y el decumanus, se sigue pericibiendo en el entramado urbano
de nuestras ciudades.
§
En ellas se construyeron edificaciones (teatros,
foros, templos, anfiteatros, acueductos…) convertidos hoy en uno de los legados
más representativos del pasado romano.
§
Una importante red de calzadas las comunicaba
entre sí y con el resto del Imperio (Vía Augusta, Vía de la Plata…).
La presencia
romana dejó como legado importantes elementos culturales como el latín y el
derecho romano, lo que contribuyó a cohesionar dentro del Imperio a los
habitantes de Hispania, cuna de intelectuales como Séneca, Quintiliano y
Marcial, y de emperadores como Trajano (el foro Trajano de Roma), Adriano (el
muro de Adrianeo) y Teodosio.
Los señoríos
El señorío supone el dominio
sobre tierras y hombres, delegado por el rey en otras personas o colectivos. El
titular acumula jurisdicción, rentas y, casi siempre, patrimonio.
El señorío supone control hereditario
por parte del señor sobre esas tierras y sobre las personas que lo habitan.
Los señoríos se originan en la
Edad Media, frecuentemente como donaciones reales para pagar la colaboración en
la Reconquista. Durante la Edad Moderna la creación de nuevos señoríos suele
hacerse por medio de tierras de realengo en recompensa al apoyo prestado a la
corona. El resultado fue que miles de pueblos quedaron fuera de la autoridad
directa de la corona.
Los titulares de los señoríos
pueden ser nobles (por herencia, por
gracia del rey, por matrimonio o por compra dese el s. XVI) o eclesiásticos (órdenes militares,
abades, obispos, cabildos, monasterios...).
El señorío entre los nobles era
hereditario y en España se estableció el mayorazgo. Los señoríos eclesiásticos
perpetúan y consolidad su patrimonio.
En virtud del señorío
jurisdiccional los señores nombraban a las autoridades locales, ejercían la
justicia y cobraban tributos. Era una fuente de poder político y económico.
El señorío jurisdiccional va
acompañado de la existencia de derechos de propiedad sobre una parte de la
tierra, lo que se traduce en el cobro de unos cánones por el uso de la misma
por parte del campesino.
Los señoríos fueron muy
importantes en la economía y sociedad del Antiguo Régimen. En el s. XVIII la
mayor parte de la tierra estaba amortizada, es decir, no se podía comprar ni
vender y debía de transmitirse en herencia (tierras de manos muertas). Así la
mayor parte de las tierras cultivables estaban fuera del mercado y la inmensa mayoría
de la población no podía acceder a la tierra.
Fueron abolidos a comienzos del
siglo XIX por los liberales. Durante las cortes de Cádiz, se legisló la
supresión de los señoríos, igual que durante el Trienio Liberal. Al ser etapas
de escasa duración no se pudo llevar a cabo la legislación. El fin de los señoríos
se llevó a cabo durante el bienio progresista (1836-1837), durante la regencia
de Mª Cristina, cuando se desmantela el Antiguo Régimen y se implanta una
reforma agraria liberal, que consagraba los principios de propiedad privada y
de libre sisponiblidad de la tierra. Aunque muchos nobles convertían sus
señoríos territoriales en propiedades privadas para conservarlos como grandes
latifundios. El clero, en cambio, perdió gran parte de sus señoríos (proceso
desamortizador con Mendizabal, Espartero y Madoz). Tres fueron las medidas que
se tomaron: la disolución del régimen señorial, la desvinculación de los
mayorazgos y la desamortización recurrente desde Godoy (1789) como medio para
conseguir recursos para el estado.
Al-Andalus.
Los musulmanes denominaron Al-Andalus al territorio hispano que
conquistaron. Esta sociedad islámica permaneció desde principios
del Siglo VIII hasta finales del Siglo XV, conociendo tres periodos políticos fundamentales:
Emirato independiente, Califato y reinos de Taifas. Las victorias cristianas
consiguieron que, desde mediados del Siglo XIII, Al-Andalus quedara reducido a
Granada. Los soberanos andalusíes ejercieron un poder absoluto, concentrando la
máxima autoridad política y religiosa.
En cuanto a su organización
económica y social, cabe destacar la importancia que tuvieron las ciudades.
Córdoba fue un gran centro cultural, sobre todo durante la época del Califato.
En la agricultura destaca el impulso a los regadíos y la gran difusión de
nuevos cultivos (agrios, arroz, algodón, azafrán).
Su cultura estuvo influida por
la religión, que impregnaba toda la vida pública. Tras ocho siglos de
convivencia más o menos pacífica, la cultura islámica dejó huella. Actuaron
como transmisores de conocimientos, sobre todo del mundo helenístico y del
Oriente, nuestro léxico todavía conserva palabras de origen árabe y la huella
de su arte se aprecia en construcciones tan notables como la mezquita de
Córdoba, la Alhambra de Granada o la Aljafería de Zaragoza.
La repoblación cristiana
El avance de los ejércitos
cristianos sobre territorio musulmán vino acompañado de un movimiento de
colonización del mismo, que implicó una nueva organización social, política y administrativa.
En algunas zonas permanecieron los musulmanes (mudéjares), merced a unas
capitulaciones de rendición generosas. Una parte de la tierra fue entregada a
los nobles que participaron en la conquista, a las órdenes militares o a
grandes concejos encargados de su repoblación. En determinadas tierras de
frontera se otorgaron cartas de población y fueros, en los cuales se concedían
ventajas y facilidades a quienes fuesen a poblar las tierras de frontera.
Suelen allí fijarse los límites de los términos, las condiciones de acceso a la
tierra, la concesión de franquicias y unas normas básicas sobre la vida
municipal. Los fueros -a veces incluyen la primitiva carta de población- son
instrumentos jurídicos, otorgados por los monarcas, que regulan la vida local.
En Aragón, a partir de 1247, se produjo un proceso de unificación foral que
dará lugar a los “Fueros de Aragón”, normas legales emanadas del Rey con las
Cortes.
Al hablar de la repoblación la
respuesta podrá centrarse únicamente en Aragón o extenderse al conjunto de
España.
Mudéjares y moriscos.
Conocemos con el nombre de
mudéjares a los musulmanes sometidos a los poderes cristianos tras el avance de
éstos sobre territorio de Al-Andalus. Se les permitió conservar su religión,
sus costumbres, su cultura y se organizaron en aljamas que gozaron de la
protección real. A lo largo de siglos hubo una coexistencia respetuosa entre
cristianos y musulmanes. No obstante, son poblaciones sometidas a una cierta
segregación social y a unas cargas fiscales mayores que las soportadas por la
población cristiana. Con el tiempo, la tolerancia religiosa declinó,
especialmente tras la toma de Granada, y se caminó hacia la unidad religiosa.
La impronta mudéjar se aprecia en la arquitectura, con ejemplos sobresalientes
en Aragón (Seo de Zaragoza, torres mudéjares de Teruel...).
A comienzos del Siglo XVI
fueron obligados a convertirse al cristianismo, momento a partir del cual se
les denomina cristianos nuevos o moriscos. El proceso de integración avanzó en
algunas regiones, pero la presencia de los piratas berberiscos y de los turcos
como enemigos de la monarquía, les hizo sospechosos. Fueron expulsados a
comienzos del Siglo XVII por el rey Felipe III, alegando su condición de malos
cristianos y de potenciales aliados de los turcos. La medida afectó gravemente
a Valencia y Aragón, dejando multitud de pueblos vacíos que fue necesario
repoblar.
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